
No todos saben que las compañías están autorizadas, previo aviso fehaciente, a monitorear los e-mails que sus empleados envían y reciben en la casilla habilitada por la empresa. Desde el 4 de junio pasado rige la actualización de la ley 26.388, llamada de delitos informáticos, que modificó el Código Penal para tipificar como delito la violación del correo electrónico en el ámbito laboral (de acceso restringido), que castiga con penas de hasta seis meses de prisión. Ver más...